Heydrich propuso adoptar esta medida en noviembre de 1938, días más tarde de la Reichskristallnacht, pero Hitler se opuso a ello no se sabe por qué motivo.
Pese a ello, Hans Frank, Gobernador General de Polonia, entendió que la prohibición dictada por Hitler solamente se refería a los judíos alemanes, por lo que, en diciembre de 1939, dictó un Decreto que imponía a todos los judíos residentes en el Generalgouvernement la obligación de llevar un brazalete blanco y, estampados en él, un triángulo amarillo con una estrella de David azul. Para justificar el Decreto, Hans Frank aludía en una disposición similar dictada el año 1797 en la Galitzia que formaba parte del Imperio Austriaco. Meses más tarde, el Régimen Ustascha de Croacia impuso a todos los judíos la obligación de colocar en una parte visible de sus tiendas y locales comerciales una estrella amarilla que permitiese su identificación.
Tres años después, en 1941, también el SS Gruppenführer Karl Hermann Frank, a la sazón Staatssekretär en el Protectorado de Praga, entendió que la prohibición de Hitler sólo podía beneficiar a los judíos residentes en Alemania, por lo que no era extensible a los que residían en Bohemia y Moravia; por este motivo, Frank solicitó del Ministerio del Interior autorización para imponer un signo distintivo a los judíos checos. Cuando la solicitud llegó a Hitler, éste la autorizó sin ningún género de dudas, y ya con este precedente el Ministro de Propaganda, Joseph Goebbels, entendió que esta última decisión de Hitler dejaba sin efecto la prohibición de 1938, por lo que presionó al Ministerio del Interior para que se redactase una norma que estableciese con carácter general, para el Reich y para los territorios ocupados, la obligación de todo judío de portar un signo distintivo.
Reinhard Heydrich y Karl Hermann Frank
El Decreto fue aprobado el 1 de septiembre de 1941 y en él se establecía que los judíos de más de cinco años de edad sólo podían aparecer en público llevando una estrella de David, cuyo tamaño había de ser, al menos, como la palma de la mano; tenía que ser de color negro sobre un fondo amarillo y en su parte central debía llevar escrita la palabra Jude. El Decreto establecía, además, que la estrella debía estar cosida en la parte delantera izquierda de la prenda exterior.
El 8 de septiembre de 1941, el Dr. Josef Löwenherz, representante de la Comunidad de Cultos Hebreos de Viena, fue convocado a una reunión en la sede de la RSHA de Berlín, donde dos oficiales de la Gestapo le informaron de que, a partir del 17 de septiembre de ese mismo año, el uso de la estrella de David sería obligatorio para todos los judíos mayores de cinco años. Al mismo tiempo, la Comunidad debía abonar un precio de tres Reichspfennige por estrella.
El Ministerio del Interior adjudicó la elaboración de las estrellas de David a una empresa alemana, la Berliner Fahnenfabrik Geitel & Co, que, en pocos días, confeccionó un total de un millón de estrellas de David.
Además, cada judío que adquiría la estrella de David debía firmar un documento que se remitía posteriormente a las autoridades policiales y en el que podía leerse lo siguiente:
“Ich bestätige hiedurch den Empfang von 1 Judenstern. Mir sind die gesetzlichen Bestimmungen über das Tragen des Judensterns, das Verbot des Tragens von Orden, Ehrenzeichen und sonstigen Abzeichen bekannt. Auch weiß ich, dass ich meinen Wohnort nicht verlassen darf, ohne einen schriftliche Erlaubnis der Ortspolizeibehörde bei mir zu führen. Ich verpflichte mich, das Kennzeichen sorgfältig und pfleglich zu behandeln und bei seinem Aufnähen auf das Kleidungsstück den über das Kennzeichen hinausragenden Stoffrand umzuschlagen. Abschrift dieser Quittung ist in meinem Besitz”
“Confirmo que me ha sido entregada una estrella de David, y que me han sido dadas a conocer las disposiciones legales relativas a la obligatoriedad de portarla, así como la prohibición de exhibir condecoraciones o distinciones de cualquier clase. Asimismo, he sido informado de la prohibición de abandonar mi domicilio sin llevar una autorización al efecto extendida por las autoridades policiales municipales. Igualmente, me comprometo a conservar con esmero este distintivo y a coserlo en el borde externo de mi prenda. Una copia de este recibo queda en mi poder”
Cartel colocado en una tienda aria: "quien lleve este distintivo es enemigo de nuestro pueblo"
El Decreto de 1941 fue acogido con entusiasmo por las autoridades policiales de toda Europa, por lo que disposiciones similares fueron dictándose en cada uno de los territorios ocupados, aunque no en todos ellos se adoptó el mismo distintivo, tal y como lo acreditan los siguientes modelos:
Bélgica
Francia
Polonia
Holanda
Rumanía
Eslovaquia
Al año siguiente, en 1942, una circular de la Sicherheitspolizei (Sipo) extendió la exhibición de este signo a las viviendas de los judíos, los cuales venían obligados a colocar una estrella de David negra sobre fondo blanco en el exterior de sus casas.
Fuentes:
Raul Hilberg: Täter, Opfer, Zuschauer. Die Vernichtung der Juden 1933-1945
Dr. Peter Diem: Hexagramm und Davidstern