La Carta a Otto Langmann
Extraido del diario La Prensa que salió el día Lunes 18 de Diciembre de 1939 (Único ejemplar original en el museo naval), decidí transcribirlo para ustedes ya que el mal estado complica un poco la lectura del mismo, por suerte me permitieron sacar unas fotocopias del mismo para que no se pierda en el tiempo.
El Comandante del Admiral Graf Spee comunicó al Ministro Alemán su decisión de proceder al Hundimiento del Acorazado.
Fundamentos de orden jurídico y técnico invocados en su nota por el jefe alemán.
Montevideo, Diciembre 17 de 1939.
Esta mañana, el comandante del acorazado Admiral Graf Spee, capitán de navío Hans Langsdorff, dirigió una nota al ministro plenipotenciario de Alemania, señor Otto Langmann, en la que manifiesta que ha resuelto hundir su buque. La nota dice textualmente:
"Antes de zarpar de Montevideo no quisiera dejar de expresar, por intermedio de usted, mi más profundo agradecimiento por las innumerables demostraciones de simpatía y sentimiento caballeresco al pueblo uruguayo, demostraciones que han sido brindadas a mis valientes muertos y heridos. Nunca me olvidaré de este sentimiento del pueblo uruguayo.
Así mismo no quisiera omitir expresar mi más profundo agradecimiento a las autoridades uruguayas, tanto por la rápida disposición de ayuda a la inesperada llegada del acorazado Admiral Graf Spee, como también por los eficacísimos socorros posteriores dispensados a mis heridos y los honores rendidos a mis muertos. Con gran pesar de mi parte se ha mezclado en estas exteriorizaciones de verdaderos sentimientos humanitarios una profunda discordancia. De acurdo con su comunicación, referente a su entrevista con el señor Ministro de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay, debe considerarse como definitivo el plazo fijado por el consejo de ministros de ese país la fecha del 17 de Diciembre, a las 20hs para la salida del acorazado Admiral Graf Spee, no obstante que las reparaciones imprescindibles para el restablecimiento del estado de navegabilidad no pueden ser efectuadas dentro de ese plazo.
Contra tal determinación protesto en toda forma.
Fundamentos de la Protesta.
Los fundamentos de mi protesta son los siguientes:
Primero- De acuerdo con el artículo 17 de la XIII convención de La Haya, puede concederse a los barcos de guerra de estados beligerantes en puertos neutrales el plazo para la reparación de aquellos daños que son indispensables para la seguridad de la navegación. Existe un caso de precedencia para esto en Sud América, que data del año de 1914: reparaciones de una duración de varias semanas del crucero inglés "Glasgow". Para eliminar los daños marítimos de mi buque sué solicitado por mí, después de la revisión efectuada por péritos, un término de quince días.
Segundo- La comisión técnica del gobierno uruguayo ha podido convencerse, por sus propios ojos, que la potencialidad de combate del buque, quiere decir maquinarias y armamentos, ha sufrido tan poco que no era de temerse que el plazo podría ser utilizado para reforzar la potencialidad militar. Esta misma comisión pudo convencerse de que en el casco del buque pueden comprobarse averías cuya reparación es indispensable a fin de poner al buque en estado tal que esté en condiciones de resistir los peligros de la navegación. Además, se impuso dicha comisión de los perjuicios ocacionados en cocinas y en la panadería de a bordo, cuyo funcionamiento, teniendo en cuenta el número de la tripulación del buque, es condición indispensable para una estadía prolongada del buque en alta mar. Por consiguiente, estas reparaciones están comprendidas en el artículo 17 de la XIII Convención de La Haya. De acuerdo con las comunicaciones de fueron hechas por el señor ministro de relaciones exteriores, la comisión anteriormente citada y nombrada por el Ministerio de Defensa, ha declarado suficiente el plazo de 72 horas para la reparación de las averías mencionadas, sobre lo cual se basaba el dictamen del consejo de ministros.
Tercero- A pesar de los intensos esfuerzos hechos, no ha sido posible reparar las averías en el plazo citado con los medios de auxilio disponibles en el puerto de Montevideo. Esto podría haber sido controlado en todo momento mediante una nueva investigación. Dentro de estas declaraciones expongo formalmente que el empresario y su personal encargado de la ejecución de los trabajos ha sido impedido, el día 16 de Diciembre a las 18hs, por parte de las autoridades aduaneras y por el transcurso de varias horas, de trasladarse a bordo, habiéndole sido permitido esto sólo después de la intervención de un funcionario de la legación de Alemania. Tengo que exponer que la determinación del consejo de ministros de la república Oriental del uruguay me obliga a abandonar el puerto de Montevideo con un buque que no ha sido reparado en la medida imprescindible para la seguridad de navegabilidad del mismo. Una salida a alta mar representaría, nuevamente, que en esto no me refiero al peligro debido a la acción contraria del enemigo, sino única y exclusivamente a los peligros generales de la navegación.
Cuarto- El dictámen del consejo de ministros que representa una flagrante violación de las aspiraciones de humanización de la guerra que llevaron a la firma de la Convención de La Haya arriba mencionada.
Quinto- La evidente discrepancia entre el comportamiento del pueblo uruguayo y exceptuando el caso mencionado bajo el inciso tercero, también de las autoridades, por una parte, y la decisión del consejo de ministros, por la otra, sólo puedo explicármela con la suposición de una presión ejercitada por parte interesada. Yo, por mi parte, a pesar de que ello hubiera estado dentro de mis posibilidades técnicas, he prescindido severamente de cualquier presión. En la mañana del 13 de diciembre he atacado en alta mar al crucero inglés Exeter. En el combate tomaron parte también los cruceros Ajax y Achilles; una vez que el Exeter fué puesto fuera de combate por mí, resolví entrar en el puerto de Montevideo a los efectos de reparar la avería marítima. Era de mi conocimiento que el gobierno inglés también en las aguas del Río de la Plata reconoce solamente la zona de tres millas. Una vez que mi buque había alcanzado esa zona sobre la cual los dos estados linderos del Río de la Plata reclaman un condominio internacionalmente discutido, a pesar de estar en conocimiento de la interpretación inglesa, con toda conciencia he tenido en consideración los sentimientos de las poblaciones amantes de la paz de estos dos estados, prescindiendo de una acción de ataque. Sobre todo, y a pesar de las condiciones favorables de táctica y de visibilidad, he abierto el fuego de mi parte contra el crucero inglés estacionado cerca de la Isla de Lobos sólo después de que éste había abierto el fuego y que los impactos llegaban cerca de mi buque.
Decisión de volar el buque
Sexto- Apesar de que no conozco el fundamento del gobierno uruguayo, respetaré también ahora el plazo que me fué fijado por este mismo. Pero debido a que el gobierno uruguayo me niega la posibilidad prevista por la Convención de la Haya de poner en condiciones de navegabilidad a mi buque, no estoy dispuesto a entregar al control de este país a mi buque, el cual, por lo demás, no ha sufrido en absoluto durante la batalla, en cuanto a su potencialidad de combate.
Bajo estas circunstancias no me queda otra solución que la de hundir mi buque, haciéndolo volar en las cercanías de la costa, desembarcando, dentro de lo posible, a mi tripulación.
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Inmediatamente después de transcribir el documento recorde tener en mis manos la copia de la bitácora concretamente las páginas de los distintos telegramas y busque entre ellas si existe registro de esta publicación ¿y que creen?
Aqui les ofrezco las copias de la carta que figuran como documentos adjuntos en la bitácora fechada 17 Dic 1939. Está en alemán si algún conocedor de la lengua germana puede verificar o ver algún otro dato significativo siéntase en la libertad de disponer del mismo.
Gracias por estar